Economía y Hacienda
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APROBACIÓN Provisional DE LAS ORDENANZAS FISCALES 2015
Edicto
En cumplimiento de lo previsto en el apartado 2 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento de fecha 31 de octubre de 2014 ha adoptado de forma provisional los siguientes acuerdos:
Primero.- Acordar de forma provisional la imposición de la Contribución Especial para el establecimiento, ampliación y mantenimiento del Servicio de Extinción de Incendios en el Municipio de Guadalajara, así como la aprobación de Ordenanza Fiscal reguladora de la Contribución Especial para el establecimiento, ampliación y mantenimiento del Servicio de Extinción de Incendios en el Municipio de Guadalajara que se relaciona a continuación.
Segundo.- Aprobar de forma provisional la modificación de las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Guadalajara para el ejercicio 2015 y que a continuación se relacionan.
El expediente tramitado al efecto podrá ser examinado en las dependencias de este Ayuntamiento, al objeto de que durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, puedan presentarse las reclamaciones que estimen oportunas.
• Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección.
A) IMPUESTOS
• Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
• Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
• Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
• Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
B) TASAS
• Tasa por prestación del Servicio de recogida de basuras.
• Tasa por tramitación de expedientes de apertura de establecimientos.
• Tasa de licencias urbanísticas.
C) CONTRIBUCIÓN ESPECIAL PARA EL ESTABLECIMIENTO, AMPLIACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS EN EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA
Guadalajara, 3 de noviembre de 2014.– El Concejal-Delegado de Hacienda, Alfonso Esteban Señor.